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martes, 4 de marzo de 2014

Legislación sobre energías renovables y régimen especial (y VI): el fin del régimen especial


"Tres por cuatro, doce." [Foto: A. Zazo]
Esta entrada, que termina esta serie de legislación sobre energías renovables y régimen especial, revisa la normativa desde enero de 2012 hasta la actualidad (febrero de 2014). A los recortes que comienzan en 2008 se van añadiendo otros hasta que la reforma eléctrica acaba definitivamente con el régimen especial de generación. El sector de las energías renovables para la producción de electricidad ha visto así comprometido su desarrollo, no sólo de nuevas instalaciones, sino además la mera supervivencia de muchas plantas que se planearon y entraron en funcionamiento con la confianza del mantenimiento de un régimen económico duradero.

miércoles, 6 de marzo de 2013

Peajes ... ¿de acceso?



La publicación tardía de la orden de peajes para 2013, la eliminación (¡!) del déficit ex ante, y la creación de nuevos impuestos eléctricos sugiere una revisión de la estructura de la tarifa eléctrica de manera que los ingresos de cada componente se ajusten a los gastos correspondientes, evitándose así imputaciones de las subidas de las tarifas de unos sectores a otros.

lunes, 14 de enero de 2013

Últimas normas sobre el sector eléctrico de 2012



A finales de cada año abundan las normas que afectan al sector eléctrico. En esta entrada se resumen únicamente dos. La ley de presupuestos para 2013, que por una parte aplica a la financiación del sistema eléctrico determinados tributos y tasas, mientras que suspende la financiación del extracoste de insulares y peninsulares a cargo de los presupuestos generales del Estado.

Un último real decreto-ley de 2012 establece limitaciones adicionales para cobrar primas a determinadas instalaciones de régimen especial inacabadas, y elimina la suficiencia de los peajes a partir de 2013 que estableció el Gobierno anterior. La justificación es el mantenimiento de los precios de los peajes de acceso.

lunes, 16 de julio de 2012

"Recortes", también en el sector eléctrico




El recientísimo Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, además de subidas del IVA y bajadas de sueldo a funcionarios contiene "medidas para supresión de desajustes entre los costes y los ingresos en el sector eléctrico" como se rubrica su Título VII.

Siendo ahora el déficit tarifario un "problema estructural cuya solución es urgente" su solución se aborda en esta norma con medidas de dos clases, aunque se adorne de otra manera: la disminución de los costes del sistema y el aumento de los ingresos del mismo. Una de cal y otra de arena. Las medidas principales son:

1.- Una disminución de la retribución del transporte. La exposición de motivos que acompaña a la norma dice que es "consecuencia  de  que  parte  de  los  activos  están  ya  amortizados  o  parcialmente amortizados". Si no se explica mejor se puede llegar a la conclusión de que se estaban costeando activos de la red de transporte ya amortizados, además de su operación y mantenimiento.

2.- En el caso de costes de generación extrapeninsulares, se realizan modificaciones del modelo retributivo. Vaya, "se elimina", "se revisa", "se reducen", ...

3.- En cuanto a los ingresos, una escondida disposición adicional 14.ª habilita al Ministerio a establecer criterios de progresividad de aplicación a los peajes de acceso. En su determinación se "tendrá en cuenta el consumo medio de los puntos de suministro, sin que se vean afectados los consumidores vulnerables". La exposición de motivos dice que así se dará una señal de precio energético a los consumidores, que se traducirá en una mejora en el ahorro energético y en la eficiencia en el consumo. Esto es traer a los mismos precios los principios de igualdad (¿?) y progresividad que se venían reservando para los impuestos (cfr. art. 31.1 CE). Pero es que además es, en mi opinión, ilegal, salvo que se modifique el art. 17 de la ley del sector que no sólo no contempla dicha progresividad sino que establece un principio de unicidad de precios (a salvo del nivel de tensión y potencia contratada).

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El real decreto-ley contiene otra serie de medidas que se resumen a continuación:

  • El IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) pierde entidad, pasando a ser medio propio instrumental de la Administración. Esto posiblemente signifique un mayor control del Ministerio sobre sus funciones y sus cuentas. Esto último, desde luego, al cambiar su régimen de contratación.
  • Se modifican determinados aspectos de la regulación de la titulación de déficit del sistema eléctrico. 
  • Se modifica la ley del sector de manera que cuando las comunidades autónomas graven con tributos propios o recargos sobre tributos estatales las actividades eléctricas, las tarifas de sus respectivos consumidores, se vean gravados de manera proporcional. Sin que sean de esta manera, más costes del sistema. Antes no era obligatorio, sino potestativo.
  • Por último, se elimina la posibilidad de revisar los peajes trimestralmente, quedándose únicamente la revisión anual. De momento. Curioso, por otra parte, al ser la revisión trimestral potestativa. 

jueves, 26 de abril de 2012

¿Ha subido este trimestre el precio de la electricidad?

Fin de línea aérea sobre dehesas de la Siberia extremeña

 
En los próximos meses los consumidores verán aumentar la factura de la electricidad entre un 5 y un 9% debido a la publicación de nuevas tarifas. Sin embargo, más abajo se custiona si el precio final de la electricidad puede ser menor o mayor que hace un año. Veamos.

1. La nueva Orden IET/843/2012, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012, publicada en el BOE de 26 de abril establece los nuevos valores de aplicación, añadiendo dos "refecturaciones complementarias", de los dos últimos trimestres forzadas por Autos del Tribunal Supremo.

2. La nueva Resolución de 25 de abril de 2012, de la DGPEM, por la que se establecen ... las tarifas de último recurso a aplicar a partir del 1 de abril de 2012, dispone las nuevas tarifas TUR, así como "refacturaciones complementarias" que traen causa de las que se realizan en los peajes del mismo período temporal.

3. Las subidas de los peajes para consumidores domésticos serán alrededor del 8%, y del 5,18% para el resto de consumidores en BT. Para los consumidores en AT es del 4,7%. Todo ello sin refacturaciones.

4. Las subida de la TUR es muy pequeña, no llega al 1% antes de las refacturaciones. Pero con éstas se puede llegar al 9%.

5. Los Autos del T.S., desde luego, obligan al Gobierno a cumplir la ley. Los déficits de tarifa no pueden superar los valores establecidos en los reales decretos-leyes, se llamen déficits o desajustes de ingresos de las actividades reguladas. Se pagan así los desafueros del Gobierno saliente (último trimestre de 2011) y del entrante (primer trimestre de 2012).

6. Si no fuera por estas refacturaciones podríamos concluir que la electricidad sube inapreciablemente para el consumidor doméstico o industrial, debido a la caída de los precios de la energía.

 7. Entonces, ¿por qué se dice al principio que "el precio de la luz puede haber bajado"? Pues porque el precio real debe tener en cuenta lo que se paga en cada momento y lo que en ese mismo momento se "deja a deber"; de ahí las refacturaciones. Y es que el Real Decreto-ley 13/2012 ha mermado considerablemente el "déficit de conjunto" de los ingresos, dejando repartida la carga de las nuevas subidas entre los consumidores y las empresas del sector. Compruébese a la vista de los informes de la CNE sobre las sucesivas órdenes de peajes. Mírense los numeros, no la letra.

Por cierto, vaya pleonasmo eso de las "refacturaciones complementarias" (¿o es un epíteto?).

miércoles, 25 de enero de 2012

¿Cuál es el “déficit de tarifa” previsto para 2012?

Torres de plantas termosolares en el Aljarafe sevillano.

El déficit de tarifa, o mejor, el déficit (superávit) de las actividades reguladas, es la diferencia entre los ingresos anuales, fundamentalmente por peajes de acceso, y el coste de las actividades reguladas (transporte, distribución, operación del sistema, …) más una serie de costes de diversificación y seguridad de abastecimiento, donde destacan, por acercarse cada vez más a la mitad, las primas al régimen especial de producción. El déficit es “ex ante” cuando está previsto con antelación.

El Informe 39/201, de la CNE, sobre la Propuesta de Orden de peajes para el año 2012 prevé un déficit ex ante que incorpora el ya previsto legalmente en el Real Decreto-ley 4/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico, de 1.500 M€, más un desajuste de ingresos previsto de 2.223 M€. En fin un total de 3.723 M€ que se quedarán a deber al “sistema” en caso de que los ingresos sean los previstos y los peajes no se actualicen.

Dado que la Orden IET/3586/2011, ya comentada aquí, publicada en el BOE de 31 de diciembre de 2011, no respeta los precios de los peajes de acceso que estaban previstos en la propuesta de orden enviada a la CNE (se consideraba inicialmente subidas sólo en los peajes asociados a tarifas TUR), cabe preguntarse cuál es, de momento, la mejor previsión de déficit de tarifa que puede hacerse; antes de que los peajes de acceso sean actualizados de nuevo, probablemente el uno de abril, casi seguro, el uno de julio.

Pues bién, teniendo en cuenta que los peajes publicados han subido por encima de los considerados en el Informe citado, y que dichas subidas son, alrededor del 15,6% los de BT para TUR, de 6,28% el resto de peajes de baja tensión, y del 2% todos los de alta tensión, entonces los ingresos previstos no serán de 13.086 M€, sino de 13.523 M€, como puede estimarse de los datos del informe y de la Orden.

Esto es, unos 400 M€ menos, pero todavía insuficientes para cumplir con la legalidad. Luego vendrán sentencias como la STS de 16 de noviembre de 2011, por la que se anulan los peajes establecidos en la Orden ITC/1732/2010. El Derecho negativo, vaya.