lunes, 6 de febrero de 2012

Energías límpias, renovables y alternativas. Régimen especial

Embalse de La Serena, en el río Zújar.

A veces es importante distinguir entre los conceptos de energía limpia, renovable y alternativa. Y poner esto en relación con el régimen especial.

Son energías renovables las que se obtienen de fuentes naturales prácticamente inagotables. Así, por ejemplo, la hidráulica, la eólica y la solar. También la biomasa, mareomotriz y otras.

Por energía limpia habría que entender aquélla que no contamina. La mayor parte de las energías renovables son límpias, pero no todas. En particular todas aquellas que conllevan la combustión de biomasas o biocombustibles. Aunque el balance de gases de efecto invernadero (casi) se compense, siempre se emitirá algo de óxidos de azufre y de nitrógeno.

Por energía alternativa hay que entender aquella que emplea fuentes distintas de las convencionales. Si las convencionales son los combustibles fósiles como el petróleo y el carbón y la energía nuclear, entonces alternativas sería prácticamente igual que renovables. Pero puede haber alternativas que no sean renovables.

El régimen especial de producción de energía eléctrica es aquél que se define en el art. 27 y ss. de la Ley 54/1997 del sector eléctrico. Comprende a generadores conectados a la red de distribución o de transporte, de potencia limitada, y que emplean energías renovables, o bien residuos no renovables o cogeneración de alto rendimiento energético. El régimen especial conlleva una serie de derechos, como es la posibilidad de percibir una prima y, en todo caso, la prioridad de acceso a la red.

Pero no todo el régimen especial son energías renovables, como es el caso de la cogeneración (p.e., con carbón), lo que se pretende incentivar en este caso es la alta eficiencia energética. Y hay otras energías renovables que no están comprendidas en el régimen especial:
  • Las grandes centrales hidroeléctricas.
  • Las centrales que superen la potencia establecida (50 MW).
  • La generación con energías renovables aislada de la red.

Y tampoco está incluido en el régimen especial, por supuesto, cualquier tipo de uso no eléctrico de energías renovables, por ejemplo la biomasa para la obtención de calor en una hoguera o la energía eólica para la extracción de agua de pozos.

2 comentarios:

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  2. LA GRAVEDAD SALVA AL PLANETA Y A LA HUMANIDAD DE LA AUTODESTRUCCIÓN
    El golpe de ariete es el fenómeno físico que hace posible, que un sistema de electrogeneración hidroeléctrica pueda mantener constante su energía potencial gravitacional.
    El golpe de ariete es un fenómeno gravitacional. El golpe de ariete es una "estampida" del agua dentro de una tubería.
    La gravedad es la propiedad que tienen todos los cuerpos materiales de atraersen mutuamente.
    La gravedad es una fuente inagotable de energía potencial gravitatoria.
    La gravedad confiere energía potencial gravitatoria a todos los cuerpos materiales que pueden ser movidos o acelerados por la atracción gravitacional.
    El REACTOR DE ARIETES es el sistema electrogenerador hidroeléctrico alimentado de manera constante por la gravedad. La energía potencial gravitatoria suministrada por la gravedad al Reactor de Arietes siempre es mayor que la electricidad generada.
    La gravedad suministra constantemente más energía potencial gravitatoria que la energía necesitada para el Desarrollo Sostenible. Por eso el REACTOR DE ARIETES puede reemplazar de manera eficiente y rentable a los combustibles fósiles.
    El REACTOR DE ARIETES nos permite entrar en una nueva era tecnológica en la que es posible el Desarrollo Sostenible.
    martinjaramilloperez@gmail.com

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