jueves, 5 de enero de 2012

Tarifa de último recurso: no hay subida en la TUR

 
El pasado 31 de diciembre se publicó en el BOE la Resolución de 30 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el periodo comprendido entre el 23 y el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive y en el primer trimestre de 2012, que establece las tarifas de último recurso o TUR para el primer trimestre de 2012. Las novedades son las siguientes:


1. No hay subida de tarifas. Las tarifas sin y con discriminación horaria, incluida la supervalle, se mantienen en los valores de la Resolución de 29 de noviembre de 2011. Esto afecta a la mayoría de los consumidores, que se conectan en baja tensión con potencia contratada menor de 10 kW. Y también a aquellos consumidores que, sin tener derecho a TUR, continúan siendo suministrados por un comercializador de último recurso.


2. Si embargo, a consecuencia de un auto del TS (Tribunal Supremo) de 20 de diciembre, se revisa la TUR sencilla y con discriminación horaria de dos períodos, para el período, ya pasado, del 23 a 31 de diciembre de 2011. Esto es, una subida para dichos días.


3. Se hace cero la prima por riesgo (esta es otra “prima”, no la que sale a diario en la prensa) que se utilizaba para estimar los precios de la energía.


4. Como la TUR es la suma dell coste de producción de la energía eléctrica que se publica en esta Resolución, que ha bajado alrededor del 11%, puede esperarse una subida similar en los peajes de acceso correspondientes.


Y los comentarios y recomendaciones:


a) Los consumidores (disciplinados) pueden considerar pasarse a la tarifa supervalle, si son capaces de consumir de madrugada. El precio del MWh es de sólo 56€, mientras que en la tarifa sin discriminación horaria es de más de 140€.


b) Los consumidores con derecho a TUR que no estén acogidos a la misma deberían considerar su paso a la misma si su comercializador no les ofrece un precio igual o menor. Para comparaciones véase el comparador de la CNE.


Nótese que la TUR se calcula una vez que se dispone del coste de la energía en el mercado (estimado) y los peajes. Se tienen en cuenta, además, coeficientes de pérdidas, sobrecoste de servicio de ajuste, … Por lo tanto, si el Ministerio fija, inicialmente el valor que tiene que dar (cero incremento en este caso) en vez de sumar hay que resolver un sistema de ecuaciones.

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