A finales de cada año abundan las normas que afectan al sector eléctrico. En esta entrada se resumen únicamente dos. La ley de presupuestos para 2013, que por una parte aplica a la financiación del sistema eléctrico determinados tributos y tasas, mientras que suspende la financiación del extracoste de insulares y peninsulares a cargo de los presupuestos generales del Estado.
Un último real decreto-ley
de 2012 establece limitaciones adicionales para cobrar primas a determinadas
instalaciones de régimen especial inacabadas, y elimina la suficiencia de los
peajes a partir de 2013 que estableció el Gobierno anterior. La justificación
es el mantenimiento de los precios de los peajes de acceso.
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (LPGE)
La
ley de presupuestos para este año establece en su disposición adicional 4.ª que
también en 2013 se suspende la aplicación del mecanismo de compensación de los
extracostes de la generación en territorios insulares (Baleares y Canarias) y
extrapeninsulares (Ceuta y Melilla) con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado (PGE).
Además,
el art. 12.4 LPGE establece que no aplicarán en el ejercicio de 2013 las
limitaciones a avales del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema
Eléctrico que se establecen en la disposición adicional 21.ª de la Ley 54/1997,
del Sector Eléctrico.
La
disposición adicional 5.ª de la LPGE establece, por último, una serie de
aportaciones para financiar los costes del sistema eléctrico referidos al
fomento de energías renovables igual a la suma de las siguientes cantidades:
·
La
estimación de la recaudación correspondiente al Estado de los tributos
incluidos en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la
sostenibilidad energética. Esta ley será objeto próximamente de una entrada separada en
este blog.
·
El
90% del ingreso por subasta de los derechos de emisión de gases de efecto
invernadero, hasta 450 M€.
Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
Este
es el último real decreto-ley de 2012, que hace el número 29, agrupa una serie
de medidas de “extraordinaria y urgente necesidad” en distintos sectores, a
modo de decreto-escoba, y no lo digo por su título.
Entre
las medidas que afectan al sector eléctrico están las siguientes:
·
Artículo
8. Eliminación de primas de régimen especial a instalaciones de generación
de no finalizadas con anterioridad al plazo límite o con equipos no previstos
en el proyecto de ejecución. Esto supone una aplicación rígida de la supresión
de primas para nuevas instalaciones acogidas al régimen especial que se
estableció en el Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero.
·
Disposición
final 4ª. Elimina el párrafo de la ley del sector que establecía la suficiencia
de peajes de acceso a partir del uno de enero de 2013 y que obligaba a aumentar
los peajes del período siguiente en el caso de aparición de desajustes
temporales entre ingresos y gastos. La suficiencia de peajes se estableció en
el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan
determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social,
donde se fijaban también unos límites para el déficit ex ante, que
después fueron ampliados en otro decreto-ley posterior de 2010.
·
Se
admite también la posibilidad de titulizar los desajustes temporales (que
tendrían la consideración de déficit de ingresos del sistema) correspondientes
a 2012.
La
razón dada en la exposición de motivos para justificar las medidas relativas al
déficit eléctrico es el mayor desajuste previsto, de acuerdo con los datos
comunicados por la Comisión Nacional de Energía en su informe 35/2012, de 20 de
diciembre, sobre la propuesta de orden por la que se establecen los peajes de
acceso a partir de 1 de enero de 2013. Dicha orden, sin embargo no ha sido publicada
todavía y, de hecho, no sería obligatorio hacerlo de acuerdo con la normativa vigente. Sobre tarifas y peajes para 2013 se volverá próximamente también en este blog.
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